Legislación › Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia.
Disposición adicional segunda. Normas de procedimiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 2008 y la del 9 de octubre de 2015.
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Disposición adicional segunda. Normas de procedimiento.
En todos aquellos aspectos no regulados en la presente ley y sus normas de desarrollo, los procedimientos en materia minera se regirán por las normas contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición, añadida por el art. 84, de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre, desde el 30 de septiembre de 2015 para las partes en el proceso y desde el 9 de octubre de 2015 para los terceros, por providencia del TC que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 5458/2015. BOE-A-2015-10864
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de octubre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-12949 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-10864 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2008 | Texto original | Leer |
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