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Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

Artículo 12.

Artículo 12.

Son órganos superiores en materia de función pública:

A. El Consello de la Xunta de Galicia.

B. La conselleira o conselleiro competente en materia de función pública.

C. El Consejo Gallego de la Función Pública.

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