Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.
Artículo 73.
Artículo 73.
En el desarrollo y aplicación de los preceptos incluidos en este capítulo, así como en los de toda la política retributiva de la Xunta de Galicia, se deberán tener en cuenta los artículos 39 y 40 de la Ley 7/2004, de 16 de julio.


