Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.
Disposición adicional decimoquinta.
Disposición adicional decimoquinta.
Los convenios colectivos que regulen las condiciones de trabajo de las empleadas y de los empleados públicos tenderán al reconocimiento de los derechos reconocidos en el título II de la Ley 7/2004, de 16 de julio, para la igualdad de mujeres y hombres.
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