Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.
Disposición adicional decimoséptima.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de junio de 2008 y la del 1 de enero de 2011.
Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras).
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Disposición adicional decimoséptima.
El personal funcionario de carrera que, a partir de la entrada en vigor de la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprobó el Estatuto de autonomía para Galicia, desempeñe o hubiese desempeñado durante más de dos años continuados continuados, o tres con interrupción puestos de trabajo como directora o director general o persona jerárquicamente superior, directora o director gerente de órganos o entidades públicas o puestos en la Administración pública interrupción, cargos públicos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley de incompatibilidades de altos cargos, cargos de la Administración autonómica, exceptuados los de personal eventual, salvo las personas que ocupen las jefaturas de gabinete del presidente y de los miembros del Consejo de la Xunta de Galicia, percibirá desde su reincorporación al servicio activo y en cuanto mientras se mantenga esta situación, situación el complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe o, en su caso, al de su grado personal, incrementado en la cantidad necesaria para igualarlo al valor del complemento de destino, destino o concepto equivalente que la Ley de presupuestos generales del Estado fije para las directoras y los directores generales, y la generales. La suma de ambos conceptos no podrá ser inferior al importe del complemento de destino que perciban las personas funcionarias que acrediten el nivel máximo establecido legalmente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de mayo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-5677 | Leer | Qué cambió |
| 3 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-3826 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-2546 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2008 | Texto original | Leer |
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