Legislación › Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 19. Reintegro de prestaciones indebidas.
Artículo 19. Reintegro de prestaciones indebidas.
En aquellos casos en los que se compruebe la percepción indebida de la Renta Básica de Inserción y de los complementos previstos en el artículo 10.1, el órgano de resolución requerirá al titular o al perceptor, según proceda, el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas en las condiciones que reglamentariamente se determine.


