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Legislación › Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 13. Modificación.

Artículo 13. Modificación.

1. La cuantía de la Renta Básica de Inserción podrá ser modificada como consecuencia de la disminución o aumento de los miembros de la unidad de convivencia o de los recursos económicos que hayan servido como base para el cálculo de la prestación.

2. Se entenderá que existe disminución o aumento del número de miembros de la unidad de convivencia, cuando alguno de ellos, se incorpore o ausente del domicilio habitual de aquélla durante un período igual o superior a un mes.

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