LexTotal

Legislación › Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Disposición adicional primera. Convenios con Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera. Convenios con Comunidades Autónomas.

En el marco de lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, la Administración Regional podrá establecer convenios con otras Comunidades Autónomas para desarrollar el principio de reciprocidad que se recoge en el artículo siete de esta Ley.

← Artículo 50 Índice Disposición adicional segunda →