Legislación › Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 17. Modalidades.
Artículo 17. Modalidades.
1. Los programas, proyectos y acciones de cooperación internacional para el desarrollo pueden financiarse y ejecutarse de forma bilateral.
2. La cooperación bilateral consiste en el conjunto de actividades de cooperación para el desarrollo, realizadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia directamente con el país receptor, o bien las instrumentadas a través de otros agentes de la cooperación para el desarrollo.


