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Legislación › Resolución de 10 de enero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia.

Segundo. Sujetos pasivos.

Segundo. Sujetos pasivos.

Los sujetos pasivos que pueden efectuar el pago de esta tasa, por los medios telemáticos aquí descritos, son las personas físicas o jurídicas a quienes afecten o beneficien, personalmente o en sus bienes, los servicios o actividades públicas que constituyen el hecho imponible, sin perjuicio de lo previsto en los apartados décimo y undécimo de la presente resolución.

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