Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos.
Artículo 24. Tipos de gravamen.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2008 y la del 9 de abril de 2020. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 24. Tipos de gravamen.
Se fija el tipo de gravamen general en la cantidad de tres euros por tonelada de residuos de la construcción destinados a la deposición controlada.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5648 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |


