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Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos.

Artículo 2. Financiación de las infraestructuras.

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Artículo 2. Financiación de las infraestructuras.
1. Corresponde a la Generalidad, de acuerdo con el principio de cooperación con los entes locales, garantizar la financiación de las infraestructuras de gestión de residuos municipales –como plantas de transferencia, plantas de selección y tratamiento e instalaciones de disposición del desperdicio de los residuos municipales–, que incluye tanto la implantación de nuevas infraestructuras como la mejora de las instalaciones existentes motivada por las adaptaciones a la normativa, de acuerdo con las disposiciones del programa de gestión de residuos municipales de Cataluña y de acuerdo con el plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales.
2. Corresponde a la
La Generalidad llevar a cabo acciones para incentivar la prevención y la reducción de la producción de los residuos y su peligrosidad y para fomentar la valorización material y la reciclabilidad de las distintas fracciones de residuos, de acuerdo con los programas específicos de gestión de residuos aprobados por asume la Agencia de Residuos de Cataluña.
3. La
financiación de las instalaciones establecidas por inversiones que figuran en el plan Plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales se concreta municipales, en el marco del contrato-programa entre la Agencia de Residuos de Cataluña cuantía y forma que determine el Gobierno.
4. Los gastos de explotación de las instalaciones del plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales deben
mismo Plan, y que debe ser asumidas aprobado por los entes locales titulares de estas instalaciones. el Gobierno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2008 Texto original Leer

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