Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos.
Artículo 2. Financiación de las infraestructuras.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2008 y la del 31 de enero de 2014.
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Artículo 2. Financiación de las infraestructuras.
1. Corresponde a la Generalidad, de acuerdo con el principio de cooperación con los entes locales, garantizar la financiación de las infraestructuras de gestión de residuos municipales –como plantas de transferencia, plantas de selección y tratamiento e instalaciones de disposición del desperdicio de los residuos municipales–, que incluye tanto la implantación de nuevas infraestructuras como la mejora de las instalaciones existentes motivada por las adaptaciones a la normativa, de acuerdo con las disposiciones del programa de gestión de residuos municipales de Cataluña y de acuerdo con el plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales. La Generalidad
2. Corresponde a lallevar a cabo acciones para incentivar la prevención y la reducción de la producción de los residuos y su peligrosidad y para fomentar la valorización material y la reciclabilidad de las distintas fracciones de residuos, de acuerdo con los programas específicos de gestión de residuos aprobados por asume la Agencia de Residuos de Cataluña. financiación de las
3. Lainstalaciones establecidas por inversiones que figuran en el plan Plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales se concreta municipales, en el marco del contrato-programa entre la Agencia de Residuos de Cataluña cuantía y forma que determine el Gobierno. mismo Plan, y que debe ser
4. Los gastos de explotación de las instalaciones del plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales debenasumidas aprobado por los entes locales titulares de estas instalaciones. el Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |


