Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos.
Artículo 3. Creación de los cánones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2008 y la del 31 de enero de 2014.
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Artículo 3. Creación de los cánones.
1. Se crean los cánones que graban gravan la destinación de los residuos municipales a la disposición del desperdicio por medio de mediante depósito controlado e incineración, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.
2. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos industriales a depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.
3. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos de la construcción a la disposición del desperdicio mediante depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |


