Legislación › Real Decreto 1320/2008, de 24 de julio, por el que se crea la Orden de las Artes y las Letras de España.
Artículo 6. Seguimiento.
Artículo 6. Seguimiento.
El Ministerio de Cultura creará un libro de registro de las Órdenes concedidas, en el que se hará constar las incidencias relativas al expediente, tramitación y concesión de las mismas.


