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Legislación › Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.

Artículo 1. Naturaleza, régimen jurídico y denominación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de agosto de 2008 y la del 3 de septiembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Naturaleza y Naturaleza, régimen jurídico. jurídico y denominación.
1. El Servicio Público de Empleo Estatal es un organismo autónomo de los previstos en el capítulo II del título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría General de Empleo.
2. El Servicio Público de Empleo Estatal tiene personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, y se rige por lo establecido en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración del Estado.
3. La denominación del organismo autónomo es Servicio Público de Empleo Estatal, O.A.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de febrero de 2022 En vigor BOE-A-2022-1655 Leer Qué cambió
3 de septiembre de 2020 BOE-A-2020-10129 Leer Qué cambió
21 de agosto de 2008 Texto original Leer

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