Legislación › Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición adicional cuarta. Compensación económica.
Disposición adicional cuarta. Compensación económica.
Las organizaciones sindicales y empresariales representadas en los órganos de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal percibirán, por su participación en los indicados órganos, las compensaciones económicas que les correspondan de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición transitoria primera →


