Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.
Artículo 61. La estrategia gallega de salud.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de septiembre de 2008 y la del 27 de febrero de 2021.
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Artículo 61. Objeto y ámbito de las directrices de política sanitaria La estrategia gallega de Galicia. salud.
1. Las directrices de La política sanitaria de Galicia serán el principal instrumento de planificación y dirección del Sistema Público gallega se programará mediante un documento estratégico de Salud carácter plurianual denominado Estrategia gallega de Galicia, que establecerá el plan salud.
2. La Estrategia gallega de mejora del sistema y ordenará todos los proyectos salud tendrá un carácter integral, definiendo prioridades y acciones de mejora organizativa respecto a cumplir los objetivos comunes para los campos de la salud definidos en el Plan pública, la prevención de salud, siendo, por tanto, un instrumento complementario riesgos sanitarios, la promoción de éste. la salud, la prestación de
2. Las directricespolítica asistencia sanitaria de Galicia identificarán aquellos puntos fuertes, debilidades estructurales y organizativas la docencia, formación, investigación e innovación sanitarias. En consecuencia, las personas que ocupen puestos directivos y áreas puestos de mejora del sistema que incidan más sobre la consecución jefatura relacionados con estos campos habrán de los orientar sus objetivos de salud definidos en el Plan de salud y definirán el conjunto de proyectos y acciones orientados a la mejora organizativa y a la efectividad de los cambios estructurales necesarios en el Sistema Público de Salud las directrices de Galicia. esta estrategia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de febrero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-5209 | Leer | Qué cambió |
| 24 de septiembre de 2008 | Texto original | Leer |


