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Legislación › Resolución de 29 de julio de 2008, del Consejo Superior de Deportes, por la que se desarrolla el procedimiento de voto electrónico previsto en la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre.

Segundo. Plazo para la puesta en conocimiento del Consejo Superior de Deportes.

Segundo. Plazo para la puesta en conocimiento del Consejo Superior de Deportes.

La Junta Electoral de la Federación deberá poner en conocimiento del Consejo Superior de Deportes si alguno de los candidatos a la Presidencia ha solicitado la utilización de este sistema de votación con una antelación de 15 días a la reunión de la Asamblea General en la que se elija a su Presidente.

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