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Legislación › Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

Artículo 25. Procedimiento de remisión de la información al Consorcio de Compensación de Seguros.

Artículo 25. Procedimiento de remisión de la información al Consorcio de Compensación de Seguros.

La remisión de la información al Consorcio de Compensación de Seguros se realizará mediante el procedimiento que se contendrá en la resolución que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dicte al efecto.

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