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Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

En vigor Presidencia del Gobierno · Publicada el 23 de septiembre de 2008 · Último cambio el 6 de mayo de 2010 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo 1. Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
  3. Artículo 2. Director y estructura del Gabinete de la Presidencia del Gobierno. 2 redacciones · cambió el 06/05/2010
  4. Artículo 3. Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
  5. Artículo 4. Departamentos. 2 redacciones · cambió el 06/05/2010
  6. Artículo 5. Vicesecretaría General.
  7. Artículo 6. Departamento de Protocolo.
  8. Artículo 7. Departamento de Seguridad. 2 redacciones · cambió el 08/05/2009
  9. Artículo 8. Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
  10. Artículo 8 bis. El Consejo Superior de Deportes.
  11. Artículo 9. Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea y otras reuniones de alto nivel.
  12. Artículo 10. Alto Representante para la Presidencia Española de la Unión Europea en asuntos relacionados con la Defensa.
  13. Disposición adicional primera. Relación con órganos del Ministerio de la Presidencia.
  14. Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
  15. Disposición adicional tercera. Gestión de recursos de la Presidencia española de la Unión Europea.
  16. Disposición adicional cuarta. Ejercicio de las competencias referidas al Consejo Superior de Deportes.
  17. Disposición adicional quinta. Delegaciones de competencia referidas al Consejo Superior de Deportes.
  18. Disposición transitoria primera. Puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  19. Disposición transitoria segunda. Percepción de retribuciones.
  20. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  21. Disposición final primera. Extinción de altos cargos.
  22. Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
  23. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  24. Firma