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Legislación › Orden DEF/91/2008, de 22 de enero, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.

Disposición adicional primera. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo.

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Disposición adicional primera. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo.
1. En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de esta orden ministerial el Subsecretario de Defensa apro­bará la plantilla orgánica y la relación de puestos militares y habrá gestionado la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de las diferentes Delegaciones por los procedimientos reglamentariamente establecidos.
2. Para la definición de las plantillas y relaciones de puestos de trabajo se tendrán en cuenta criterios de efi­ciencia, economía, racionalización de servicios comunes y adecuación a la estructura y volumen de actividad de cada una de las Delegaciones.
3. Dichas plantillas y relaciones de puestos de tra­bajo no supondrán incremento en las dotaciones de per­sonal militar y civil sobre las existencias actuales en la organización periférica, ni su aprobación supondrá incre­mento del gasto público.
(Sin contenido)

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8 de julio de 2025 En vigor BOE-A-2025-13870 Leer Qué cambió
31 de enero de 2008 Texto original Leer

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