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Legislación › Orden DEF/92/2008, de 23 de enero, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas de Defensa.

Artículo 27. Planes estratégicos plurianuales.

Artículo 27. Planes estratégicos plurianuales.

Los planes estratégicos tienen como objetivo proyectar los escenarios futuros, posibles o deseados y constituyen el instrumento necesario para garantizar la adecuación de los servicios bibliotecarios a las necesidades y posibilidades reales.

Los planes estratégicos plurianuales definirán los objetivos y las líneas generales de actuación a medio plazo, constituyendo el marco de referencia para la programación de actuaciones y para la planificación de los recursos necesarios.

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