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Legislación › Orden DEF/92/2008, de 23 de enero, por la que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas de Defensa.

Artículo 35. Prestación de servicios.

Artículo 35. Prestación de servicios.

Serán servicios básicos en los centros bibliotecarios de la RBD, los siguientes:

a) Servicio de información y orientación bibliográfica.

b) Servicio de consulta y de lectura en sala.

c) Servicio de préstamo.

d) Acceso a catálogos y a bases de datos.

e) Acceso a Internet.

La organización y prestación de estos servicios se acomodará a las posibilidades y circunstancias condicionantes de cada centro.

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