Legislación › Circular 4/2008, de 11 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el contenido de los informes trimestrales, semestral y anual de instituciones de inversión colectiva y del estado de posición.
Norma transitoria.
Norma transitoria.
Los requisitos previstos en los apartados anteriores resultarán exigibles por primera vez a la información pública periódica referida al segundo semestre de 2013, salvo las especificidades referidas a las IIC que tomen como referencia un índice y a los fondos de inversión cotizados y SICAV índice cotizadas, que resultará exigible en el primer trimestre de 2014.
Se añade por la norma final segunda.6 de la Circular 2/2013, de 9 de mayo. BOE-A-2013-5453


