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Legislación › Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se publica el texto consolidado del Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Artículo 20. De las votaciones.

Artículo 20. De las votaciones.

La votación se efectuará de alguna de las siguientes maneras:

1.ª A mano alzada.

2.ª Nominalmente, a cuyo fin el Secretario irá requiriendo a los miembros del Consejo para que expresen su voto.

3.ª Mediante papeleta secreta. Procederá esta modalidad cuando así sea solicitado por un Consejero.

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