Legislación › Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas.
Artículo 1. Finalidad.
Artículo 1. Finalidad.
El organismo autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas, tiene por misión la crianza, selección y puesta a disposición de los Ejércitos, de las Unidades de Caballería de la Guardia Real y de la Escuela Militar Ecuestre del ganado equino necesario para dotar sus necesidades. Ejercerá la formación ecuestre en el ámbito militar y colaborará con otras entidades públicas y privadas en actividades propias del Organismo.


