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Real Decreto 63/2008, de 25 de enero, por el que se regula el procedimiento para la imposición y revisión de sanciones disciplinarias en materia de dopaje.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Educación y Ciencia · Publicada el 4 de febrero de 2008 · Último cambio el 25 de octubre de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Principios de los procedimientos disciplinarios.
  7. CAPÍTULO II
  8. Sección 1
  9. Artículo 4. Órgano competente.
  10. Artículo 5. Plazos del procedimiento y garantías de su cumplimiento.
  11. Artículo 6. Valoración de hechos documentados.
  12. Sección 2
  13. Artículo 7. Incoación.
  14. Artículo 8. Instrucción.
  15. Artículo 9. Resolución.
  16. Artículo 10. Comunicación de la resolución.
  17. Artículo 11. Efectos de las sanciones.
  18. Sección 3
  19. Artículo 12. Iniciación o continuación del procedimiento.
  20. Artículo 13. Instrucción.
  21. Artículo 14. Resolución.
  22. CAPÍTULO III
  23. Artículo 15. Naturaleza.
  24. Sección 1
  25. Artículo 16. Determinación y adscripción del órgano revisor.
  26. Artículo 17. Composición de la Sección Antidopaje.
  27. Artículo 18. Lista de miembros designables.
  28. Artículos 16 a 18.
  29. Sección 2
  30. Artículo 19. Iniciación.
  31. Artículo 20. Plazo de presentación del escrito de iniciación.
  32. Artículo 21. Principios generales del procedimiento y plazo de resolución y notificación.
  33. Artículo 22. Requisitos del escrito de iniciación.
  34. Artículo 23. Trámites previos de la instrucción.
  35. Artículo 24. Suspensión de la resolución objeto de revisión.
  36. Artículo 25. Actividad probatoria.
  37. Artículo 26. Resolución.
  38. Artículo 27. Gastos del procedimiento.
  39. Disposición adicional primera. Régimen supletorio.
  40. Disposición adicional segunda. Modificación del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre disciplina deportiva.
  41. Disposición adicional tercera. Gastos de aplicación.
  42. Disposición adicional cuarta. Declaración de compatibilidad de las sanciones por dopaje con el ordenamiento jurídico español.
  43. Disposición transitoria primera. Procedimiento aplicable por las federaciones deportivas en tanto adapten sus reglamentos.
  44. Disposición transitoria segunda. Órganos competentes para la tramitación de los procedimientos disciplinarios.
  45. Disposición transitoria tercera. Designación de miembros del Comité Español de Disciplina Deportiva y renovación de la lista de miembros designables del órgano arbitral.
  46. Disposición transitoria cuarta. Referencias a la Agencia Estatal Antidopaje.
  47. Disposición transitoria quinta. Régimen de control y supervisión del dopaje en animales.
  48. Disposición derogatoria única.
  49. Disposición final única.
  50. Firma
  51. [INFORMACIÓN RELACIONADA]