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Legislación › Orden EHA/3291/2008, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

Las declaraciones que deban presentarse en el primer trimestre del año 2009 se efectuarán con sujeción a la presente norma, si bien se estimarán válidas las actuaciones, previas a la formulación de dichas declaraciones, practicadas con sujeción a la normativa que se deroga por la presente Orden.

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