Legislación › Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia.
Artículo 54. Actas de inspección.
Artículo 54. Actas de inspección.
Los hechos constatados por los/las agentes de la autoridad se formalizarán en un acta y gozarán de la presunción de certeza a efectos probatorios. Dicha acta será firmada por el/la agente de la autoridad y se entregará copia a la parte interesada.


