Legislación › Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia.
Disposición adicional segunda. Contratación pública.
Disposición adicional segunda. Contratación pública.
En los pliegos de condiciones administrativas de los contratos administrativos que realice la Comunidad Autónoma de Galicia o las entidades de derecho público vinculadas a la misma, se desglosará la parte del presupuesto de licitación que habrá de destinarse para sufragar los costes de la correcta gestión de los residuos generados en su ejecución.
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