Legislación › Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
Artículo 64. Acceso telemático a los datos del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
Artículo 64. Acceso telemático a los datos del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
La Generalitat propiciará la consulta de los datos relativos a los procedimientos de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana a través del portal de aquella.


