LexTotal

Legislación › Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Artículo 21. Sobre el Valor Añadido.

Artículo 21. Sobre el Valor Añadido.

Recoge los ingresos que, en su caso, se puedan derivar del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se incluirán los que resulten de la cesión de este impuesto a favor de las Entidades locales cuando la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establezca dicho recurso.

Concepto 210. Impuesto sobre el Valor Añadido.

← Artículo 19 Índice Artículo 22 →