Legislación › Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.
Artículo 43. De la Seguridad Social.
Artículo 43. De la Seguridad Social.
Transferencias corrientes que las entidades locales y sus organismos autónomos prevean recibir de cualquiera de los entes que integran el sistema de la Seguridad Social.


