LexTotal

Legislación › Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Artículo 72. A la Administración del Estado.

Artículo 72. A la Administración del Estado.

Transferencias de capital que la entidad local o sus organismos autónomos prevean conceder a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, fundaciones, entes públicos o sociedades mercantiles.

Concepto 720. A la Administración General del Estado.

Concepto 721. A Organismos Autónomos y agencias.

Se establecen dos subconceptos:

Subconcepto 721.00. Al Servicio Público de Empleo Estatal.

Subconcepto 721.09. A otros organismos autónomos.

Concepto 722. A fundaciones estatales.

Concepto 723. A sociedades mercantiles estatales, entidades públicas empresariales y otros organismos públicos.

← Artículo 71 Índice Artículo 73 →