Legislación › Real Decreto 2059/2008, de 12 de diciembre, sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España.
Disposición transitoria única. Ingreso de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008.
Disposición transitoria única. Ingreso de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008.
Excepcionalmente, el ingreso correspondiente a los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008, se producirá antes del 31 de diciembre de 2008.
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