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Legislación › Real Decreto 2059/2008, de 12 de diciembre, sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España.

Disposición transitoria única. Ingreso de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008.

Disposición transitoria única. Ingreso de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008.

Excepcionalmente, el ingreso correspondiente a los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008, se producirá antes del 31 de diciembre de 2008.

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