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Legislación › Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado.

Artículo 54. Sustitución del Secretario General.

Artículo 54. Sustitución del Secretario General.

En casos de vacante, ausencia o enfermedad, el Secretario general será sustituido por el funcionario del Consejo que el Presidente designe.

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