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Legislación › Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.

ANEXO I

ANEXO I

Seguimiento de la observancia de los índices de recogida del artículo 15

Año

Datos recogidos

Cálculo

Requisito de información

X*+1

Ventas en el 1.er año (S1).

 

 

 

X+2

Ventas en el 2.º año (S2).

—

—

 

X+3

Ventas en el 3.er año (S3).

Recogida en el 3.er año (C3).

Índice de recogida (CR3) = 3*C3/(S1+S2+S3).

 

X+4

Ventas en el 4.º año (S4).

Recogida en el 4.º año (C4).

Índice de recogida (CR4) = 3*C4/(S2+S3+S4) (Objetivo fijado en 25%).

 

X+5

Ventas en el 5.º año (S5).

Recogida en el 5.º año (C5).

Índice de recogida (CR5) = 3*C5/(S3+S4+S5).

CR4

X+6

Ventas en el 6.º año (S6).

Recogida en el 6.º año (C6).

Índice de recogida (CR6) = 3*C6/(S4+S5+S6).

CR5

X+7

Ventas en el 7.º año (S7).

Recogida en el 7.º año (C7).

Índice de recogida (CR7) = 3*C7/(S5+S6+S7).

CR6

X+8

Ventas en el 8.º año (S8).

Recogida en el 8.º año (C8).

Índice de recogida (CR8) = 3*C8/(S6+S7+S8) (Objetivo fijado en 45%).

CR7

X+9

Ventas en el 9.º año (S9).

Recogida en el 9.º año (C9).

Índice de recogida (CR9) = 3*C9/(S7+S8+S9).

CR8

X+10

Ventas en el 10.º año (S10).

Recogida en el 10.º año (C10).

Índice de recogida (CR10) = 3*C10/(S8+S9+S10).

CR9

X+11

Etc

Etc.

Etc.

Etc.

CR10

* El año X es el 2008.

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