Legislación › Ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.
Artículo 27. Control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra».
Artículo 27. Control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra».
El control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra» se llevará a cabo por organismos independientes de control, definidos en el artículo 2 de la presente ley.


