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Legislación › Ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.

Artículo 27. Control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra».

Artículo 27. Control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra».

El control de los vinos de mesa con derecho a la mención «vinos de la tierra» se llevará a cabo por organismos independientes de control, definidos en el artículo 2 de la presente ley.

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