Legislación › Ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.
Artículo 53. Resolución de procedimientos sancionadores.
Artículo 53. Resolución de procedimientos sancionadores.
1. La resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones establecidas en la presente ley corresponderá:
a) A la persona titular de la Delegación provincial competente en materia de agricultura, en el supuesto de infracciones leves.
b) A la persona titular de la Dirección General competente en materia de calidad agroalimentaria, en el supuesto de infracciones graves.
c) A la persona titular de la Consejería competente en materia de agricultura, en el supuesto de infracciones muy graves.
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos sancionadores por las infracciones establecidas en la presente ley será de diez meses.


