Legislación › Ley 11/2007, de 26 de noviembre, Reguladora del Consejo Genético, de protección de los derechos de las personas que se sometan a análisis genéticos y de los bancos de ADN humano en Andalucía.
Disposición adicional segunda. Funcionamiento del Banco de ADN humano de Andalucía.
Disposición adicional segunda. Funcionamiento del Banco de ADN humano de Andalucía.
En el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la presente ley, entrará en funcionamiento el Banco de ADN humano de Andalucía.
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