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Legislación › Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Artículo 16. Composición del Consejo Rector.

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Artículo 16. Composición del Consejo Rector.
1. El Consejo Rector es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia.
2. El Pleno del Consejo Rector estará integrado por el Presidente la persona titular de la Presidencia de la Agencia, que lo será también del Consejo, los Consejeros las vocalías y el Secretario. la persona titular de la Secretaría.
3. El Director Las personas titulares de la Dirección de la Agencia es miembro nato y de la Dirección General de Aviación Civil son miembros natos del Consejo Rector. Los Las demás Consejeros personas titulares de vocalías serán nombrados nombradas y separados separadas por el Ministro la persona titular del Ministerio de Fomento, Transportes y Movilidad Sostenible, siendo designados designadas del siguiente modo:
a) Cuatro Tres serán designados por el Ministro designadas a propuesta de Fomento, la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, entre funcionarios personal funcionario con rango mínimo de Subdirección General y profesionales independientes con experiencia en el ámbito de la aviación civil o de la gestión pública.
b) Uno Una será designado por el Ministro designada a propuesta de Economía y la persona titular del Ministerio de Hacienda, con rango mínimo de Director Dirección General.
c) Uno Una será designado por el Ministro designada a propuesta de Administraciones Públicas, la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con rango mínimo de Director Dirección General.
d) Uno Una será designado por el Ministro designada a propuesta de Medio Ambiente, la persona titular del Ministerio Defensa.
e) Una será designada a propuesta de la persona titular del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
con rango mínimo de Director Dirección General.
e) Uno será designado por el Ministro de Defensa.
4. Por el conjunto de las organizaciones sindicales más representativas se designarán dos representantes de los trabajadores las personas trabajadoras en el Consejo Rector.
5. El Secretario forma parte del Consejo Rector y La persona titular de la Secretaría asistirá a sus sesiones con voz voz, pero sin voto. voto y será designada por el Consejo Rector a propuesta de la persona titular de la Presidencia de la Agencia, de entre el personal funcionario de carrera de la Agencia. La designación de su sustituto seguirá el mismo criterio de designación que la del titular de la Secretaría.
6. Los miembros del Consejo Rector guardarán el debido sigilo respecto a los asuntos de los que conozcan como miembros de dicho órgano.
7. En caso de vacante, ausencia o ausencia, enfermedad del Presidente, asumirá u otra causa legal, la presidencia del Consejo Rector el consejero persona titular de más la Presidencia será sustituida por la persona de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de los previstos las previstas en el apartado 3.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-12711 Leer Qué cambió
15 de febrero de 2008 Texto original Leer

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