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Legislación › Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología.

Artículo 23. Régimen jurídico del personal.

Artículo 23. Régimen jurídico del personal.

1. El personal de la Agencia quedará vinculado a ésta por una relación sujeta a las normas de Derecho Administrativo o Laboral que le sean de aplicación.

2. El personal funcionario se rige por la Ley 7/2007, de 12 de abril, que aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público y el resto de la normativa aplicable a los funcionarios públicos de la Administración General del Estado, con las especialidades previstas en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos y en este Estatuto.

El personal laboral se rige por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, el resto de la normativa laboral, por los preceptos que le sean de aplicación de la Ley de Agencias Estatales y por el Estatuto Básico del Empleado Público.

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