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Legislación › Real Decreto 230/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

Artículo 3. Composición.

Artículo 3. Composición.

1. El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior está integrado por el Presidente, dos Vicepresidentes, el Secretario y los consejeros.

2. El Consejo podrá invitar a sus plenos a expertos que, sin tener la calidad de consejeros, le prestarán asesoramiento. Los expertos designados tendrán el mismo tratamiento que los miembros del Consejo a efectos de cobertura de gastos por su participación en el Consejo o en comisiones.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, en la composición del Consejo se garantizará la no discriminación por razón de género y se aplicará, en lo posible, el principio de composición equilibrada, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

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