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Legislación › Ley 6/2007, de 17 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Ortopédicos de Aragón.

Disposición final única. Habilitación de desarrollo y entrada en vigor.

Disposición final única. Habilitación de desarrollo y entrada en vigor.

Se faculta al Gobierno de Aragón para aprobar las nor­mas reglamentarias de desarrollo de esta Ley, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

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