Legislación › Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.
Disposición transitoria primera. Conclusión del proceso de integración.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de noviembre de 2011 y la del 30 de diciembre de 2012.
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Disposición transitoria primera. Proceso de integración.
El proceso de integración del personal laboral del Área de actividades específicas de la Red Hospitalaria de la Defensa deberá estar concluido con anterioridad a 1 de enero de 2013. 2014.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-13730 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2012 | BOE-A-2012-15712 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2011 | BOE-A-2011-17561 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2010 | BOE-A-2010-20068 | Leer | Qué cambió |
| 21 de noviembre de 2009 | BOE-A-2009-18505 | Leer | Qué cambió |
| 22 de febrero de 2008 | Texto original | Leer |
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