Legislación › Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.
Disposición adicional primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 1 de enero de 2018.
Tachado: lo que se quitó (110 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional primera. Creación de la especialidad de Inspección y Administración Tributaria.
1. Se crea la especialidad de Inspección y Administración Tributaria, dentro del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, incluido en el Subgrupo A1 de los señalados en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. (Suprimida).
Para el ingreso en esta especialidad será necesario poseer la titulación de Doctorado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalentes.
2. A la especialidad de Inspección y Administración Tributaria se le encomendarán funciones de aplicación de los tributos cuya gestión corresponda a la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ejercicio de la potestad sancionadora en dicho ámbito.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1098 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


