LexTotal

Legislación › Ley 8/2007, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 10. Modificación de la Tasa 09 por servicios facultativos en materia de ordenación y defensa de las industrias forestales, agrarias y alimentarias.

Artículo 10. Modificación de la Tasa 09 por servicios facultativos en materia de ordenación y defensa de las industrias forestales, agrarias y alimentarias.

Se modifica el artículo 36 del Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente redacción:

«Artículo 36. Tarifas.

La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas: Tarifa 01. Por instalación, ampliación, perfeccionamiento, sustitución y traslado:

Valor de las instalaciones o de sus modificaciones (€)

Tarifas (€)

< 100.000,00

100,00

100.00,01 a 450.000,00

200,00

> 450.000,01

300,00

Tarifa 02. Por cambio de titularidad o denominación social de la empresa: 50,00 euros.

Tarifa 03. Por expedición de certificados relacionados con la transformación y comercialización agroalimentarias: 12,00 euros.»

← Artículo 9 Índice Artículo 11 →