Legislación › Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.
Artículo 78. Gastos.
Artículo 78. Gastos.
Los arbitrajes a que se refiere este capítulo serán gratuitos, exceptuados los gastos generados por la práctica de las pruebas, cuyo pago corresponderá, salvo acuerdo expreso de las partes, a la parte que las propuso. Los gastos derivados de las pruebas practicadas de oficio se satisfarán por partes iguales.


