Legislación › Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas.
Artículo 2. Creación y adscripción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2008 y la del 12 de abril de 2026.
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Artículo 2. Creación y adscripción.
1. Se crea el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas, al amparo de lo dispuesto en los artículos 38, 39 y 40 la sección 3.ª, capítulo II del título preliminar de la Ley 6/1997, de 14 40/2015, de abril, 1 de Organización y Funcionamiento octubre, de la Administración General Régimen Jurídico del Estado, Sector Público, como un órgano colegiado interministerial, de participación institucional, de carácter asesor y consultivo del Gobierno, de composición cuatripartita y paritaria, que se adscribe al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Economía Social, a través de la Secretaría General secretaría de Empleo. estado con competencias en materia de responsabilidad social de las empresas. Estará encargado del impulso y fomento de las políticas de Responsabilidad Social responsabilidad social de las Empresas empresas y se constituye en el marco de referencia para el desarrollo de esta materia en España.
2. La Dirección General dirección general con competencias en materia de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo responsabilidad social de las empresas llevará a cabo las tareas de preparación, apoyo técnico y gestión del Consejo. consejo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-8072 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2008 | Texto original | Leer |


