Legislación › Ley 13/2007, de 22 de noviembre, de medicamentos veterinarios.
Artículo 6. Prescripción obligatoria.
Artículo 6. Prescripción obligatoria.
Con objeto de proteger la salud humana y la sanidad animal, sin perjuicio de lo que puedan establecer las normas comunitarias o la legislación del Estado en esta materia, será preceptiva la prescripción veterinaria para la dispensación de medicamentos sometidos a tal exigencia en su Autorización de Comercialización y, en todo caso, los que establezca la legislación estatal vigente.


